Se cobra por mitades en los meses de Julio y de Diciembre. Gracias a la política de la AJB de no negociar sumas informales o fuera de la normativa legal en nuestro salario y al tener el mismo de manera integra declarado y con carácter remunerativo cada medio aguinaldo es igual a la mitad de nuestro sueldo mensual.
La primer cuota del aguinaldo se cobra el cuarto día hábil de Julio junto al salario del mes de Junio, mientras que la segunda cuota se cobra a mediados del mes de Diciembre.