EL SALARIO NO ES GANANCIA

Actualidad - Gremial

miércoles, 26 de octubre de 2022

En el día de ayer se aprobó el presupuesto nacional del año 2023, pero con el frenó a la intención de avanzar con el articulado que establecía el pago del impuesto a las Ganancias sobre los sueldos de todos los integrantes del Poder Judicial.

Compartimos la declaración del Espacio Intersindical, del cual forma parte la Federación Judicial Argentina y la AJB, contra la aplicación del Impuesto a las Ganancias sobre los Salarios.

Las organizaciones sindicales representantes de trabajadores/a que desempeñamos tareas en energía eléctrica, gas natural, telecomunicaciones, transporte ferroviario, aeronáutico, actividad bancaria, televisiva, minera, automotriz, periodística, judicial, aceitera, subacuática, de autopistas e infraestructura, de subterráneos, petroquímica y gráfica nos constituimos en una mesa de defensa de los trabajadores/as que pagamos el injusto impuesto al trabajo y por reimplantar el principio de igualdad ante la ley.

Nos reunimos para establecer una estrategia común que responda a la desmesura en que se transformó el mal llamado impuesto a las ganancias. El denominador común es enfrentar el despropósito de los descuentos realizados a quienes trabajamos en  sectores estratégicos para el funcionamiento de la economía y expresar la disposición a actuar en común para enfrentar este “descuento” desproporcionado que ocurre mes a mes.

Es inaudito pero real: hoy, porcentualmente, los trabajadores/as pagamos más impuesto a las ganancias que nuestros empleadores. Las empresas pueden descontar todos los gastos ocasionados en su actividad, pero los trabajadores/as no, solo tenemos deducciones parciales y acotadas.

Además, a los trabajadores/as se nos impone la carga de ser expertos contables para develar si el descuento que sufrimos es correcto o no y desentrañar una metodología impositiva inentendible. Las últimas modificaciones realizadas tienen un efecto de corto plazo e impactos heterogéneos. No lograron el objetivo de modificar el mínimo no imponible. Solo se crearon nuevos topes que se neutralizan con la lucha organizada para defender nuestros salarios y nos remiten nuevamente a la intocable “tablita” que corroe nuestros ingresos.

Esta sustracción confiscatoria a nuestros salarios implica un desincentivo profundo para tomar tareas de mayor responsabilidad o realizar horas extras, significa un castigo para quienes acumulamos antigüedad, trabajamos en zonas inhóspitas o desfavorables, hacemos turnos rotativos o guardias, nos capacitamos en forma continua, ocupamos cargos de supervisión o conducción, cobramos comisiones, logramos bonificaciones o gratificaciones por medio de la lucha y deteriora el marco de aplicación de normas de seguridad operativa y control técnico de actividades sensibles.

Ya no se puede ocultar la diferencia notable entre el sueldo bruto y el sueldo de bolsillo producida por este impuesto distorsivo. Es inevitable saldar esta deuda pendiente con una cantidad importante de trabajadores/as que se encuentran alcanzados por este injusto gravamen.

Somos trabajadores/as que cobramos un sueldo por nuestras habilidades, saberes y responsabilidades concretas. No obtenemos ganancias, las generamos. Nuestro salario lo volcamos al mercado interno. No somos especuladores ni fugadores. No se puede aplicar un impuesto por cobrar un sueldo y no se puede naturalizar que nuestro sustento sea considerado una ganancia.

Este conjunto de sindicatos tomó la determinación de ingresar en sesión permanente, sumar a los gremios que se sientan convocados por esta situación injusta, tomar contacto con legisladores y funcionarios para discutir soluciones eficaces y discutir un camino de acciones comunes.

APSEE – APSAI – APSMBA – APJBO – APDFA – CEPETEL – AEJBA – FJA – APJ GAS – SIPREBA – FAPJRA – APJ Televisión Pública – ABP – ASIJEMIN – Asociación Bancaria – SIUNFELTRA – UPJ Bco. Pcia. Bs. As. – UPSF – FTCIODyARA – FOETRA Bs. As. – UPJET – SECASFPI – SOEPU – FGB – AGTSyP – ASSRA – APDESBA – UPJe Petroquímicos de B. Blanca – APJ CBA – APLA – AJB

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